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DOBLE TRIBUTACIÓN ENTRE COLOMBIA Y VENEZUELA

Debe acotarse, que ambos Estados adoptan el Principio de Renta Mundial, pues gravan las rentas generadas tanto en su territorio como fuera de sus fronteras. Materializándose así la coexistencia de dos potestades tributarias exigiendo el pago de impuestos, y ante la ausencia de un tratado para evitar la doble tributación, lo único que existe para solventar esta situación son las medidas unilaterales adoptadas por la legislación de cada Estado, denominada  el Sistema de Crédito Tributario, que busca que los residentes no tributen por rentas que ya fueron gravadas en el extranjero

Sin embargo, la aplicación de esta medida unilateral se traduce en:

1. Pérdidas para el país que la adopte, ya que implica una importante renuncia de su potestad tributaria.

2. Para el inversor, resulta insuficiente al no admitirse la imputación de las pérdidas soportadas

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