
"En este mundo no hay nada cierto, excepto la muerte y los impuestos"
- Benjamin Franklin
Convenios de Doble Imposición (CDI)
El movimiento internacional de capitales se ve afectado por la confluencia de las potestades tributarias, en tanto que la incidencia del elemento fiscal, es un elemento negativo a la hora de tomar decisiones con respecto a las inversiones entre los distintos inversionistas. Para solventar este problema los estados generan tratados para evitar la doble imposición, proporcionando un marco jurídico para el desarrollo de una política de estado orientada al mejoramiento de las condiciones jurídicas necesarias para la inversión extranjera.
Venezuela incorporada a esta estructura, celebra este tipo de convenios, ya que incide directamente en el volumen de inversión extranjera en el país, además la suscripción de este tipo de convenios extiende el ejercicio del poder impositivo de nuestro país más allá de sus fronteras.

