
"En este mundo no hay nada cierto, excepto la muerte y los impuestos"
- Benjamin Franklin
Convenios Suscritos
El Sistema Tributario Venezolano está basado en dos criterios de sujeción, la renta territorial, donde las personas naturales y jurídicas están sujetas al pago de impuestos por las rentas obtenidas o causadas dentro del territorio nacional y la Renta Mundial.
Esta última fue incorporada en el año 1999 con la Reforma parcial de la Ley de Impuesto Sobre la Renta en Gaceta Oficial Nº 5390, en la cual se establecieron los lineamientos para la aplicación de las normas sobre Renta Mundial, ya que no solo se gravara a los residentes fiscales venezolanos donde estos generen enriquecimiento, sino a cualquier ingreso generado por
no residentes venezolanos en tanto sea en nuestro territorio. Cambiando así la forma de ser vista la tributación nacional y asumiendo una incidencia de manera directa en los convenios.
En este sentido, tenemos que los convenios celebrados por Venezuela se pueden encontrar en tres etapas:
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Pre-SENIAT.
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SENIAT bajo el criterio fuente territorial.
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SENIAT bajo el criterio de renta mundial.

